Autor: Marko

  • Qué comprobar antes de firmar el contrato de arras (checklist completa)

    Qué comprobar antes de firmar el contrato de arras (checklist completa)

    El contrato de arras es, en la práctica, el documento más importante de toda la compraventa antes de la firma ante notario: fija el precio, el plazo y las condiciones que regirán toda la operación. Sin embargo, es habitual firmarlo con prisa, presionados por no perder la vivienda frente a otros interesados. En este artículo repasamos, punto por punto, qué revisar antes de poner tu firma.

    1. Que los datos de las partes sean correctos

    Parece obvio, pero conviene comprobar:

    • Que el vendedor que firma es realmente el propietario registral de la vivienda (coincide con la nota simple).
    • Si hay varios propietarios (por ejemplo, un matrimonio o una herencia con varios herederos), que todos firmen el contrato o que quien firme tenga poder suficiente para representar al resto.
    • Tus propios datos y los de todos los compradores, si la vivienda se compra entre varias personas.

    2. Que la descripción de la vivienda coincida con el Registro y el Catastro

    Compara los datos del contrato con la nota simple registral y con los datos catastrales:

    • Superficie construida y útil.
    • Referencia catastral.
    • Anejos incluidos (plaza de garaje, trastero): deben quedar explícitamente descritos, con su propia referencia registral si la tienen de forma independiente.

    Es habitual que existan pequeñas discrepancias entre superficie registral y superficie real; si la diferencia es notable, conviene aclararla antes de firmar, no después.

    3. Que no existan cargas ocultas

    La nota simple debe reflejar la situación de cargas de la vivienda: hipotecas previas, embargos, servidumbres. Si la vivienda tiene una hipoteca previa sin cancelar, el contrato de arras debe especificar cómo y cuándo se cancelará esa carga (normalmente con el propio dinero de la venta, el mismo día de la firma ante notario).

    Importante: pide siempre una nota simple actualizada, con fecha reciente. Una nota simple de varios meses atrás puede no reflejar cambios recientes en la situación registral de la vivienda.

    4. El precio y la forma de pago, con todo detalle

    El contrato debe especificar con claridad:

    • Precio total de la vivienda.
    • Cantidad entregada como arras en ese momento.
    • Cómo se pagará el resto: en la firma ante notario, mediante cheque bancario, transferencia, o combinación con hipoteca.
    • Si hay algún pago intermedio adicional antes de la firma final.

    5. El tipo de arras y sus consecuencias

    Como vimos en el artículo sobre diferencias entre reserva, señal y arras, conviene que el contrato deje claro si son arras penitenciales (con posibilidad de desistir asumiendo una penalización) u otro tipo, y cuál es exactamente esa penalización para cada parte.

    6. La cláusula de condición suspensiva por denegación de hipoteca

    Si vas a financiar la compra, esta es probablemente la cláusula más importante que puedes negociar. Sin ella, si el banco finalmente no te concede la hipoteca, lo habitual es que pierdas el dinero entregado como arras. Con esta cláusula, en cambio, el contrato se resuelve sin penalización si puedes acreditar que la financiación ha sido denegada.

    No todos los vendedores la aceptan (reduce su seguridad de que la venta se cierre), pero es razonable pedirla, sobre todo si en el momento de firmar las arras todavía no tienes una aprobación bancaria definitiva.

    7. El plazo para la firma ante notario

    Debe quedar fijada una fecha límite clara (o un plazo máximo en semanas/meses) para formalizar la compraventa. Ten en cuenta los plazos reales del proceso hipotecario (entre 4 y 8 semanas de media) y deja margen suficiente para evitar tener que renegociar el plazo a última hora.

    8. Quién asume cada gasto

    Aunque por defecto la ley y la costumbre asignan ciertos gastos a comprador o vendedor, es recomendable que el contrato de arras lo especifique de forma expresa para evitar discusiones posteriores:

    • Gastos de notaría (habitualmente los asume el comprador, salvo pacto en contrario para la matriz).
    • Gastos de gestoría y registro.
    • Impuestos (ITP o IVA + AJD), que corresponden legalmente al comprador.
    • Plusvalía municipal, que corresponde legalmente al vendedor (aunque a veces se pacta lo contrario).

    9. Estado de cargas de la comunidad de propietarios

    Pide al vendedor un certificado de estar al corriente de pago de la comunidad, o incluye una cláusula que condicione la venta a la entrega de este certificado antes de la firma. Las deudas de comunidad pendientes pueden, en determinados casos, trasladarse al nuevo propietario.

    10. Estado de la vivienda en el momento de la entrega

    Conviene detallar:

    • En qué estado se entrega la vivienda (vacía, con muebles, con electrodomésticos concretos).
    • Si hay algún desperfecto conocido que se acepta tal cual está.
    • Fecha exacta de entrega de llaves (que no siempre coincide con el mismo día de la firma, aunque suele ser lo habitual).

    Checklist resumen antes de firmar

    • Datos de las partes correctos y con capacidad legal para firmar
    • Descripción de la vivienda coincide con nota simple y catastro
    • Nota simple actualizada revisada, sin cargas ocultas o con su cancelación prevista
    • Precio total y forma de pago detallados
    • Tipo de arras y penalización claramente especificados
    • Cláusula de condición suspensiva por denegación de hipoteca (si aplica)
    • Fecha límite de firma ante notario con margen razonable
    • Reparto de gastos e impuestos especificado
    • Certificado de estar al corriente de pago de la comunidad
    • Estado de entrega de la vivienda detallado

    Preguntas frecuentes

    ¿Necesito un abogado para revisar el contrato de arras? No es obligatorio, pero es muy recomendable, especialmente si el importe de las arras es alto (5-10% del precio de una vivienda supone, a menudo, varios miles de euros en juego).

    ¿Puedo modificar un contrato de arras ya redactado por la inmobiliaria? Sí, es un contrato privado entre las partes y, mientras ambas estén de acuerdo, se puede negociar y modificar cualquier cláusula antes de firmarlo.

    ¿Qué pasa si detecto un problema después de haber firmado las arras? Depende de qué tipo de problema sea y de lo que diga el propio contrato. Por eso es tan importante revisar todo antes de firmar: una vez firmado, las condiciones ya están cerradas salvo que ambas partes acuerden modificarlas.


    Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal personalizado. Se recomienda que un profesional (abogado o gestoría) revise el contrato de arras antes de firmarlo, adaptándolo a las circunstancias concretas de cada operación.

  • Diferencia entre reserva, señal y arras en la compra de vivienda

    Diferencia entre reserva, señal y arras en la compra de vivienda


    Antes de llegar a la firma ante notario, es habitual entregar dinero en varios momentos previos de la negociación: primero una reserva, después una señal, y finalmente un contrato de arras. Estos tres términos se usan a veces de forma intercambiable en el lenguaje coloquial, pero tienen implicaciones legales distintas y confundirlos puede salir caro. En este artículo aclaramos qué es cada uno.

    Resumen rápido

    ConceptoCuándo se entregaCantidad habitualProtección legal
    ReservaAl mostrar interés firme, antes de negociar todo1% o 3.000 € – 6.000 €Baja/media, depende del documento firmado
    SeñalA veces se usa como sinónimo de reserva o de primer pagoVariableDepende de cómo se redacte
    Arras (contrato de arras)Al cerrar el acuerdo definitivo5% – 10% del precioAlta, regulado por el Código Civil

    La reserva

    La reserva es la primera cantidad de dinero que se entrega para retirar la vivienda del mercado mientras se preparan los siguientes pasos (normalmente, mientras se redacta el contrato de arras o se empieza a tramitar la hipoteca). Es habitual en operaciones gestionadas por una inmobiliaria.

    Características típicas:

    • Cantidad relativamente pequeña: entre 3.000 € y 6.000 €, o en torno a un 1% del precio.
    • Se suele firmar un documento breve (a veces llamado «hoja de reserva» o «contrato de reserva»), no una escritura ni un contrato tan detallado como el de arras.
    • Su función principal es de compromiso de intenciones, más que un contrato de compraventa completo con todas las condiciones cerradas.

    El problema de muchas hojas de reserva es que, si están mal redactadas, no dejan claro qué pasa con el dinero si finalmente la operación no sigue adelante (¿se devuelve? ¿se pierde? ¿en qué casos?). Por eso es importante leer bien las condiciones antes de firmar, aunque sea un documento breve, y no dar por hecho que funciona igual que unas arras.

    La señal

    «Señal» es un término coloquial que en la práctica se usa de dos formas distintas según la zona o la inmobiliaria:

    1. Como sinónimo de reserva (la primera cantidad para retirar la vivienda del mercado).
    2. Como una forma abreviada de referirse al dinero entregado como parte de las arras.

    No es un concepto jurídico con una definición única en el Código Civil, a diferencia de las arras. Por eso, cuando alguien te hable de «dar una señal», lo importante no es el nombre que le pongan, sino leer el documento que vas a firmar para saber exactamente qué tipo de compromiso y qué consecuencias tiene esa entrega de dinero.

    El contrato de arras

    Es el documento más importante de los tres, porque sí está regulado específicamente por el Código Civil (artículo 1454) y establece un compromiso de compraventa serio, con condiciones ya cerradas: precio final, fecha límite para la firma ante notario, y qué ocurre si alguna de las partes incumple.

    Tipos de arras

    • Arras confirmatorias: refuerzan el compromiso de compraventa, pero no permiten a ninguna parte echarse atrás libremente; si alguien incumple, la otra parte puede exigir el cumplimiento del contrato o una indemnización por daños.
    • Arras penitenciales (las más habituales en la práctica): sí permiten a cualquiera de las partes desistir del contrato, pero con una penalización económica:
      • Si el comprador se echa atrás, pierde la cantidad entregada.
      • Si el vendedor se echa atrás, debe devolver el doble de esa cantidad.
    • Arras penales: combinan elementos de las dos anteriores; la penalización actúa además como cláusula de indemnización por incumplimiento.

    En la mayoría de compraventas de vivienda en España se firman arras penitenciales, salvo que el contrato indique expresamente lo contrario. Por eso, si el documento no especifica el tipo de arras, conviene aclararlo por escrito antes de firmar, ya que las consecuencias legales son muy distintas.

    Cantidad habitual en las arras

    Lo más común es entregar entre un 5% y un 10% del precio total de la vivienda, aunque no hay un porcentaje fijado por ley: es un pacto libre entre las partes.

    ¿Por qué es tan importante no confundirlos?

    La diferencia práctica más relevante es qué ocurre si te echas atrás o si te deniegan la hipoteca:

    • Si solo has entregado una reserva mal redactada, puede que no quede claro si tienes derecho a que te devuelvan el dinero.
    • Si ya has firmado un contrato de arras penitenciales y te echas atrás (por ejemplo, porque el banco finalmente no te concede la hipoteca), lo habitual es que pierdas la cantidad entregada, salvo que el propio contrato de arras incluya una cláusula de condición suspensiva ligada a la concesión de la hipoteca (una cláusula que diga, en esencia, que si no consigues financiación, se resuelve el contrato sin penalización).

    Recomendación clave: si vas a firmar unas arras y todavía no tienes la hipoteca aprobada de forma definitiva, negocia incluir una cláusula que proteja tu dinero en caso de que el banco te deniegue la financiación. No todos los vendedores aceptan esta cláusula, pero es razonable pedirla, especialmente si compras condicionado a obtener hipoteca.

    Preguntas frecuentes

    ¿Es obligatorio firmar un contrato de arras? No es obligatorio por ley, pero es muy recomendable, porque deja por escrito las condiciones esenciales de la operación y protege a ambas partes frente a un posible incumplimiento.

    ¿Se puede pasar directamente a la firma ante notario sin pasar por arras? Sí, es posible, sobre todo cuando ya está todo cerrado (hipoteca aprobada, documentación revisada) y ambas partes tienen prisa por formalizar. No obstante, en la mayoría de operaciones hay al menos unas semanas entre el acuerdo verbal y la firma, y en ese periodo es recomendable tener algún documento firmado que proteja el compromiso.

    ¿El dinero de la reserva se descuenta del precio final? Normalmente sí: tanto la reserva como las arras se consideran un pago a cuenta del precio total, y se descuentan del importe que quede por pagar en la firma ante notario.


    Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal personalizado. Antes de firmar cualquier documento de reserva o arras, se recomienda que lo revise un profesional (abogado o gestoría), especialmente en lo relativo a las cláusulas de penalización y a la condición suspensiva ligada a la hipoteca.

  • Qué es la tasación de una vivienda y cuánto cuesta

    Qué es la tasación de una vivienda y cuánto cuesta

    Qué es la tasación de una vivienda y cuánto cuesta (guía 2026/2027)


    Si estás pidiendo una hipoteca, en algún momento del proceso te pedirán una tasación de la vivienda. Es uno de los pasos que más dudas genera, porque su resultado puede condicionar directamente cuánto dinero te presta el banco. En esta guía explicamos qué es exactamente, cuánto cuesta, quién la paga y qué pasa si el resultado no coincide con el precio que has pactado.

    Qué es la tasación de una vivienda

    La tasación es un informe técnico oficial que determina el valor de mercado de una vivienda en un momento concreto. Lo realiza una sociedad de tasación homologada y supervisada por el Banco de España, siguiendo una normativa específica (la conocida como Orden ECO/805/2003) que estandariza cómo se calcula ese valor.

    No la puede hacer cualquier tasador ni una inmobiliaria: para que sirva a efectos hipotecarios, tiene que emitirla una de estas sociedades homologadas, de forma independiente del banco que concede el préstamo (aunque el banco suela tener acuerdos con varias de ellas y te proponga una).

    Para qué sirve exactamente

    El banco no presta dinero basándose en el precio que hayas acordado con el vendedor, sino en el menor de estos dos valores:

    • El precio de compraventa pactado.
    • El valor de tasación oficial de la vivienda.

    Sobre ese valor (el más bajo de los dos), el banco suele financiar hasta un 80% en el caso de vivienda habitual (algo menos, habitualmente 70%, en segunda residencia). Por eso la tasación es tan determinante: si sale más baja que el precio de compra, el importe que te presten será menor de lo esperado y tendrás que cubrir la diferencia con ahorro propio.

    Cuánto cuesta una tasación

    El precio de una tasación depende del tipo de vivienda, su superficie y la sociedad de tasación elegida, pero como referencia orientativa:

    Tipo de viviendaCoste aproximado
    Piso o vivienda estándar (hasta 120 m²)250 € – 450 €
    Vivienda grande o chalet350 € – 600 €
    Vivienda en zonas rurales o de difícil accesoPuede ser algo superior

    El coste suele incluir el desplazamiento del técnico, la inspección de la vivienda y la emisión del informe oficial, que tiene una validez de 6 meses a efectos hipotecarios.

    Quién paga la tasación

    Desde la entrada en vigor de la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario (LCCI) en 2019, el coste de la tasación corre a cargo del banco, no del cliente, salvo que el cliente decida encargar la tasación por su cuenta antes de que se la pida el banco (por ejemplo, para conocer el valor real antes de negociar el precio de compra).

    Antes de esta ley, era habitual que el comprador pagara la tasación por adelantado; hoy en día, si un banco te la cobra directamente como condición previa, conviene confirmar bien las condiciones, porque la norma general es que sea gratuita para el solicitante.

    Cómo se calcula el valor de tasación

    El tasador tiene en cuenta, entre otros factores:

    • Superficie construida y útil de la vivienda.
    • Ubicación, antigüedad y estado de conservación.
    • Precios de venta recientes de viviendas comparables en la misma zona.
    • Calidades de construcción y estado de las instalaciones.
    • Orientación, altura, si tiene ascensor, terraza, plaza de garaje, trastero, etc.

    El resultado se recoge en un informe de varias páginas que, además del valor final, incluye toda la metodología y las viviendas comparables utilizadas para el cálculo.

    Qué pasa si la tasación sale más baja que el precio de compra

    Es una situación habitual, especialmente en mercados donde los precios suben rápido (la tasación puede no reflejar todavía subidas muy recientes). Si ocurre, tienes varias opciones:

    1. Aportar más ahorro propio para cubrir la diferencia entre lo que presta el banco y el precio final de compra.
    2. Renegociar el precio con el vendedor, a la baja, apoyándote en el informe de tasación.
    3. Pedir una segunda tasación a otra sociedad (asumiendo tú el coste en este caso), aunque no siempre hay garantía de que el resultado sea distinto.
    4. Buscar financiación complementaria (un préstamo personal adicional), aunque esto suele encarecer bastante el coste total de la operación.

    Qué pasa si la tasación sale más alta que el precio de compra

    En este caso no hay ningún problema: el banco seguirá financiando como máximo el porcentaje pactado (normalmente 80%) sobre el precio de compra, no sobre el valor de tasación más alto. Es decir, una tasación alta no te permite pedir más dinero del que necesitas para comprar la vivienda al precio acordado.

    ¿Puedo elegir yo la sociedad de tasación?

    Legalmente sí, siempre que esté homologada por el Banco de España, aunque en la práctica la mayoría de personas aceptan la que les propone el banco por comodidad. Elegir tú la sociedad puede tener sentido si quieres tener una tasación independiente antes incluso de negociar el precio con el vendedor, o si ya tienes una tasación reciente de otra operación y quieres reutilizarla (siempre que esté dentro del plazo de validez de 6 meses).

    Preguntas frecuentes

    ¿La tasación es lo mismo que el valor catastral? No. El valor catastral es un valor administrativo usado principalmente a efectos fiscales (IBI, algunos impuestos de transmisión), y suele ser bastante más bajo que el valor de mercado. La tasación, en cambio, busca reflejar el valor real de mercado de la vivienda.

    ¿Cuánto tarda en hacerse una tasación? Entre 5 y 10 días desde que se solicita hasta que se entrega el informe final, aunque puede variar según la carga de trabajo de la sociedad de tasación y la disponibilidad para visitar la vivienda.

    ¿Sirve la misma tasación para varios bancos? Sí, siempre que esté dentro de su plazo de validez de 6 meses y el banco acepte tasaciones de esa sociedad concreta (la mayoría de entidades trabajan con varias sociedades homologadas y aceptan tasaciones de terceros).


    Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento financiero personalizado. Los precios de tasación y los porcentajes de financiación son orientativos y pueden variar según la entidad bancaria y la sociedad de tasación.

  • Cuánto tiempo se tarda en conseguir una hipoteca

    Cuánto tiempo se tarda en conseguir una hipoteca

    Cuánto tiempo se tarda en conseguir una hipoteca (plazos reales 2026/2027)


    Una de las dudas más frecuentes al empezar a buscar hipoteca es cuánto tiempo va a llevar todo el proceso, sobre todo porque suele estar condicionado por el contrato de arras, que fija una fecha límite para firmar. En esta guía repasamos los plazos reales de cada fase, para que puedas planificar con margen y evitar sustos de última hora.

    Resumen: tiempo total del proceso

    De media, desde que solicitas la hipoteca hasta que firmas ante notario, el proceso completo suele durar entre 4 y 8 semanas. En casos muy ágiles (documentación perfecta, banco con buena gestión, sin incidencias en la tasación) puede resolverse en 3 semanas. En casos con complicaciones (autónomos con documentación incompleta, tasaciones por debajo del precio pactado, viviendas con cargas que resolver) puede alargarse a 10-12 semanas o más.

    Desglose por fases

    1. Estudio previo o preaprobación (3 – 10 días)

    Es el primer contacto con el banco: le presentas tu perfil (ingresos, situación laboral, ahorros) y te da una estimación orientativa de si te concedería la hipoteca y en qué condiciones. No es una aprobación definitiva, pero permite saber rápido si tu perfil encaja antes de avanzar.

    2. Entrega de documentación completa (1 – 2 semanas)

    El tiempo aquí depende casi por completo de ti: cuanto más rápido reúnas toda la documentación (ver nuestra guía de documentos necesarios), antes puede avanzar el banco. Este es, en la práctica, el punto donde más se suele retrasar el proceso, porque es habitual entregar la documentación de forma incompleta y tener que hacer varias rondas de solicitud de papeles adicionales.

    3. Estudio de riesgos y aprobación (1 – 3 semanas)

    El departamento de riesgos del banco analiza tu solvencia, consulta la CIRBE y otros ficheros de morosidad, y decide si aprueba la operación y en qué condiciones finales (importe, plazo, tipo de interés). En bancos tradicionales este paso puede ser algo más lento que en hipotecas online, donde algunos procesos están más automatizados.

    4. Tasación de la vivienda (5 – 10 días)

    Se encarga en paralelo al estudio de riesgos, no después, para no alargar el proceso. La sociedad de tasación visita la vivienda y emite un informe oficial. Es habitual que este plazo se cumpla sin incidencias, salvo en zonas con alta demanda de tasadores (picos de mercado) donde puede haber algo más de espera.

    5. Oferta vinculante (FEIN) y periodo de reflexión (mínimo 10 días naturales)

    Una vez aprobada la operación, el banco debe entregarte la FEIN (Ficha Europea de Información Normalizada) con las condiciones definitivas. La ley obliga a un periodo mínimo de 10 días naturales entre la entrega de esta documentación y la firma ante notario, precisamente para que tengas tiempo de revisarla con calma (incluso puedes acudir a un notario antes de la firma final para que te la explique de forma gratuita).

    6. Firma ante notario (1 día)

    El día de la firma en sí es rápido: la cita suele durar entre 30 y 60 minutos, donde se firman la escritura de compraventa y la escritura de préstamo hipotecario.

    7. Inscripción registral y liquidación de impuestos (2 – 4 semanas, tras la firma)

    Aunque esto ocurre después de tener ya las llaves, conviene saber que la inscripción en el Registro de la Propiedad y el pago de impuestos (gestionados normalmente por la gestoría) tardan típicamente entre 2 y 4 semanas adicionales tras la firma.

    Tabla resumen de plazos

    FasePlazo orientativo
    Estudio previo / preaprobación3 – 10 días
    Entrega de documentación1 – 2 semanas
    Estudio de riesgos y aprobación1 – 3 semanas
    Tasación5 – 10 días
    FEIN + periodo de reflexiónmínimo 10 días naturales
    Firma ante notario1 día
    Total hasta la firma4 – 8 semanas (orientativo)
    Inscripción registral (post-firma)2 – 4 semanas adicionales

    Factores que alargan el proceso

    • Documentación incompleta o entregada en varias tandas.
    • Perfil de autónomo con ingresos irregulares, que suele requerir un estudio más detallado.
    • Tasación por debajo del precio pactado, que obliga a renegociar importe, plazo o aportar más ahorro.
    • Cargas o incidencias en la vivienda detectadas en la nota simple (embargos, hipotecas previas sin cancelar registralmente).
    • Época del año: en los meses de mayor actividad del mercado inmobiliario (primavera, tras el verano), los bancos y tasadoras pueden tener más carga de trabajo y los plazos alargarse ligeramente.

    Factores que aceleran el proceso

    • Documentación completa y correcta desde el primer momento.
    • Trabajar con un bróker hipotecario, que conoce los requisitos exactos de cada banco y evita idas y venidas innecesarias.
    • Elegir bancos u operativas online con procesos más digitalizados y automatizados.
    • Tener ya un informe CIRBE actualizado y sin incidencias antes de empezar.

    Preguntas frecuentes

    ¿Puedo pedir que se firme antes del plazo mínimo de 10 días de la FEIN? No, ese plazo es una garantía legal en tu favor y no se puede renunciar a él salvo excepciones muy concretas previstas por la ley, con solicitud expresa ante notario.

    ¿Qué pasa si el banco tarda más de lo previsto y se cumple el plazo del contrato de arras? Conviene negociar con el vendedor una prórroga por escrito si el retraso viene motivado por el banco. Por eso es recomendable, al firmar las arras, dejar un margen razonable de tiempo (6-8 semanas) en lugar de plazos muy ajustados.

    ¿Las hipotecas online son siempre más rápidas que las de banca tradicional? En general sí suelen tener procesos más ágiles en la fase de estudio y aprobación, pero los plazos legales (como el periodo de reflexión de la FEIN) son los mismos para todas las entidades.


    Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento financiero personalizado. Los plazos indicados son orientativos y pueden variar según la entidad bancaria, la comunidad autónoma y las circunstancias particulares de cada operación.

  • Qué documentos necesito para pedir una hipoteca

    Qué documentos necesito para pedir una hipoteca

    Qué documentos necesito para pedir una hipoteca (lista completa 2026/2027)


    Antes de que un banco estudie tu hipoteca, necesita comprobar quién eres, cuánto ganas, cómo lo ganas y qué vivienda quieres comprar. Reunir toda la documentación con antelación es una de las formas más efectivas de acelerar el proceso: la mayoría de los retrasos en la aprobación de una hipoteca vienen de documentación incompleta o entregada a medias.

    En esta guía repasamos qué documentos suelen pedir los bancos, organizados por perfil (trabajador por cuenta ajena, autónomo, pensionista) y por la documentación relativa a la vivienda.

    Documentación personal e identificativa (para todos los perfiles)

    • DNI o NIE en vigor (de todos los titulares e hipotecantes, incluidos avalistas si los hay).
    • Si estás casado/a: libro de familia o certificado de matrimonio, y régimen económico matrimonial (gananciales, separación de bienes).
    • Si compras con pareja de hecho: certificado de pareja de hecho, si aplica.
    • Justificante de domicilio actual (factura reciente, certificado de empadronamiento).

    Si eres trabajador por cuenta ajena (con nómina)

    • Últimas 2-3 nóminas.
    • Contrato de trabajo vigente.
    • Certificado de la empresa con antigüedad, si el contrato es indefinido reciente.
    • Declaración de la Renta (IRPF) de los últimos 1-2 ejercicios.
    • Vida laboral actualizada (se solicita online a la Seguridad Social, es gratuita e inmediata).
    • Extractos bancarios de los últimos 3-6 meses de tu cuenta principal.

    Si eres autónomo

    Los autónomos suelen necesitar documentación adicional, porque el banco necesita comprobar la estabilidad y regularidad de unos ingresos que, a diferencia de una nómina, pueden variar de un mes a otro:

    • Declaración de la Renta (IRPF) de los últimos 2 ejercicios completos.
    • Modelo 130 o 131 (pago fraccionado del IRPF) de los últimos trimestres.
    • Modelo 303 (IVA trimestral), si tu actividad está sujeta a IVA.
    • Recibo de autónomos (RETA) al día.
    • Certificado de estar al corriente de pago con Hacienda y Seguridad Social.
    • Si tienes una sociedad (autónomo societario) o eres administrador: cuentas anuales de la empresa y el Impuesto de Sociedades.
    • Extractos bancarios de la cuenta de la actividad, normalmente de los últimos 6-12 meses.

    Los bancos suelen valorar especialmente la antigüedad de la actividad (lo habitual es pedir un mínimo de 2 años dados de alta) y la tendencia de ingresos, no solo la cifra del último ejercicio.

    Si eres pensionista

    • Certificado de pensión emitido por el INSS (o la entidad gestora correspondiente).
    • Últimos justificantes de ingreso de la pensión en cuenta.
    • Declaración de la Renta del último ejercicio, si estás obligado a presentarla.

    Documentación relativa a otros ingresos o patrimonio (si aplica)

    • Contratos de alquiler vigentes, si recibes ingresos por rentas de otras propiedades.
    • Justificantes de otros ahorros o inversiones (fondos, depósitos, planes de pensiones).
    • Escrituras de otras propiedades en propiedad, si las hay (ayuda a mejorar tu perfil de solvencia).

    Documentación relacionada con deudas y compromisos actuales

    El banco necesita conocer tu nivel de endeudamiento actual para calcular cuánto puede prestarte sin superar el porcentaje de tus ingresos que considera razonable destinar a cuotas (orientativamente, no más del 30-35% de tus ingresos netos):

    • Informe de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE), que recoge todos tus préstamos y avales vigentes en el sistema bancario.
    • Últimos recibos de otros préstamos activos (coche, personal, otras hipotecas).
    • Extractos de tarjetas de crédito, si tienen saldo aplazado.

    Consejo práctico: pide tu informe CIRBE antes de solicitar la hipoteca. Es gratuito, se solicita online al Banco de España y tarda pocos días en llegar. Te permite comprobar que no hay ningún dato desactualizado o erróneo que pueda perjudicar tu solicitud.

    Documentación sobre la vivienda que vas a comprar

    • Nota simple de la vivienda (la pide normalmente el propio banco, pero conviene que tú también la revises).
    • Contrato de arras o de reserva ya firmado.
    • Datos catastrales de la vivienda (referencia catastral).
    • Si es vivienda de obra nueva: memoria de calidades y licencia de obra/primera ocupación.
    • Últimos recibos del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles).
    • Si hay comunidad de propietarios: certificado de estar al corriente de pago de gastos de comunidad.

    Si vas a contar con un avalista

    • Toda la documentación personal y de ingresos del avalista, equivalente a la que se pide al titular (DNI, nóminas o documentación de autónomo, declaración de la renta, informe CIRBE).

    Tabla resumen por perfil

    DocumentoCuenta ajenaAutónomoPensionista
    DNI/NIE
    Nóminas / Modelo 130-131NóminasModelos 130/131
    Declaración IRPFSi obligado
    Vida laboral / RETAVida laboralRETA al díaCertificado pensión
    Extractos bancarios
    Informe CIRBE

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto tiempo tardo en reunir toda la documentación? Si ya tienes la mayoría de documentos identificados, entre 1 y 2 semanas suele ser suficiente, salvo el informe CIRBE, que conviene pedir con algo más de antelación.

    ¿Puedo pedir hipoteca si tengo poca antigüedad laboral? Es posible, pero los bancos suelen valorar mejor los contratos indefinidos con cierta antigüedad. Con contrato temporal o poca antigüedad, es habitual que pidan más ahorro previo o algún aval adicional.

    ¿Es lo mismo la documentación para una entidad tradicional que para una hipoteca online? Sí, la documentación exigida es prácticamente idéntica; lo que cambia es que en las hipotecas online normalmente se sube todo en formato digital a través de una plataforma, sin necesidad de acudir a una oficina.


    Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento financiero personalizado. Cada entidad bancaria puede solicitar documentación adicional según su propia política de riesgos; conviene confirmar el listado exacto directamente con el banco o bróker hipotecario con el que trabajes.

  • Cómo comprar una vivienda en España paso a paso

    Cómo comprar una vivienda en España paso a paso

    Cómo comprar una vivienda en España paso a paso (guía completa 2026/2027)


    Comprar una vivienda es, para la mayoría de las personas, la decisión económica más importante de su vida. El proceso puede parecer abrumador la primera vez —hipoteca, tasación, notaría, impuestos, registro— pero en realidad sigue siempre una secuencia de pasos bastante ordenada. En esta guía repasamos el proceso completo, desde que empiezas a buscar piso hasta que tienes las llaves en la mano.

    Resumen rápido: las 8 fases de la compra

    1. Definir presupuesto y capacidad de endeudamiento
    2. Buscar vivienda y hacer una oferta
    3. Firmar el contrato de arras
    4. Solicitar y comparar hipotecas
    5. Pedir la tasación de la vivienda
    6. Revisar la documentación legal (nota simple)
    7. Firma ante notario
    8. Inscripción en el Registro de la Propiedad y pago de impuestos

    A continuación desarrollamos cada fase en detalle.

    1. Define tu presupuesto real (antes de mirar pisos)

    Antes de visitar ninguna vivienda, conviene tener claro cuánto puedes gastar realmente. Esto no es solo el precio de la vivienda: hay que sumar los gastos asociados a la compra, que suelen suponer entre un 10% y un 12% adicional sobre el precio (impuestos, notaría, registro, gestoría, tasación).

    Como referencia orientativa habitual del sector, los bancos suelen financiar hasta un 80% del valor de tasación de la vivienda habitual (menos en segundas viviendas), lo que significa que necesitarás disponer de ahorros para cubrir aproximadamente ese 20% restante más los gastos de la operación. La cuota mensual de la hipoteca, además, no debería superar en general el 30-35% de tus ingresos netos mensuales, un criterio que los propios bancos aplican al estudiar tu solvencia.

    Recomendación: usa una calculadora de capacidad de endeudamiento antes de empezar a buscar, para no enamorarte de una vivienda que luego no puedas financiar.

    2. Busca la vivienda y haz una oferta

    Con el presupuesto claro, toca buscar. Algunas recomendaciones prácticas en esta fase:

    • Visita la vivienda en distintos momentos del día (luz, ruido, tráfico).
    • Comprueba el estado del edificio, no solo del piso (fachada, ascensor, instalaciones comunes).
    • Pregunta por los gastos de comunidad y si hay derramas previstas.
    • Si es una vivienda de segunda mano, pregunta la antigüedad de instalaciones clave (electricidad, fontanería, calefacción).

    Cuando encuentres la vivienda adecuada, se negocia el precio y, si hay acuerdo, se suele formalizar con una señal o reserva (una cantidad de dinero, normalmente entre 3.000 € y 6.000 €, o un 1%, que retira el piso del mercado mientras se prepara el contrato de arras).

    3. Firma el contrato de arras

    El contrato de arras es un compromiso de compraventa antes de la firma definitiva. En él se fija el precio final, la fecha límite para la firma ante notario y una penalización si alguna de las partes se echa atrás:

    • Si el comprador se arrepiente, pierde la cantidad entregada como arras.
    • Si el vendedor se arrepiente, debe devolver el doble de esa cantidad.

    Lo habitual es entregar entre un 5% y un 10% del precio de la vivienda en este momento. Es muy recomendable revisar bien este contrato (o que lo revise un profesional) antes de firmarlo, ya que las condiciones que se pacten aquí son las que regirán toda la operación.

    4. Solicita y compara ofertas de hipoteca

    Este es uno de los pasos donde más dinero se puede ahorrar o perder, según lo bien que se compare. Algunas claves:

    • Pide oferta a varios bancos, no solo al de tu nómina; las condiciones pueden variar mucho entre entidades.
    • Compara siempre la TAE (Tasa Anual Equivalente), no solo el interés nominal, porque la TAE incluye comisiones y productos vinculados.
    • Antes de firmar, el banco está obligado por ley a entregarte una FEIN (Ficha Europea de Información Normalizada), que resume todas las condiciones del préstamo de forma homogénea entre bancos, precisamente para poder comparar con facilidad.
    • Ten en cuenta si la hipoteca exige productos vinculados (seguro de vida, de hogar, tarjeta) para conseguir el tipo de interés anunciado; esto puede encarecer bastante el coste real.

    5. Tasación de la vivienda

    El banco exigirá una tasación oficial de la vivienda, realizada por una sociedad de tasación homologada por el Banco de España. El importe que finalmente te presten dependerá del menor valor entre el precio de compra y el valor de tasación, no del precio que hayas pactado con el vendedor. Por eso, si la tasación sale por debajo del precio acordado, puede que necesites aportar más ahorro propio para cubrir la diferencia.

    6. Revisa la documentación legal de la vivienda

    Antes de firmar, conviene comprobar la situación legal del inmueble mediante la nota simple, un documento del Registro de la Propiedad que indica:

    • Quién es el propietario actual.
    • Si la vivienda tiene cargas (hipotecas previas, embargos).
    • La descripción registral exacta del inmueble.

    Este paso es especialmente importante en compraventas entre particulares, para evitar sorpresas desagradables después de la firma.

    7. La firma ante notario

    Es el momento en el que la compraventa se formaliza legalmente. Ese mismo día suelen firmarse dos documentos:

    1. La escritura de compraventa, entre comprador y vendedor.
    2. La escritura del préstamo hipotecario, entre comprador y banco (si se financia la compra).

    El comprador puede elegir notario, aunque en la práctica muchas veces se acepta el propuesto por el banco o la inmobiliaria. Es recomendable leer con calma la escritura antes de firmar y preguntar cualquier duda directamente al notario, que tiene la obligación de asesorar con neutralidad a ambas partes.

    8. Inscripción registral y pago de impuestos

    Tras la firma, quedan dos trámites finales, normalmente gestionados por una gestoría:

    • Pago de impuestos: el ITP (si es vivienda de segunda mano) o el IVA + AJD (si es obra nueva), en un plazo de 30 días hábiles desde la firma.
    • Inscripción en el Registro de la Propiedad, que deja constancia oficial de que eres el nuevo propietario.

    Aunque la vivienda es legalmente tuya desde la firma de la escritura, la inscripción registral es la que te protege frente a terceros (por ejemplo, si el vendedor intentara vender la misma vivienda a otra persona).

    Preguntas frecuentes

    ¿Cuánto tiempo tarda todo el proceso? Desde que se firma el contrato de arras hasta la firma ante notario, lo habitual es entre 4 y 8 semanas, dependiendo sobre todo de la rapidez del banco en aprobar y formalizar la hipoteca.

    ¿Puedo comprar una vivienda sin hipoteca? Sí, si dispones del importe completo en ahorros. En ese caso el proceso es más corto, ya que no hay que esperar a la aprobación ni a la firma del préstamo hipotecario.

    ¿Es obligatorio contratar un seguro de hogar al comprar? No es obligatorio por ley, pero la mayoría de bancos lo exigen como condición para conceder la hipoteca en condiciones ventajosas.


    Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento financiero, fiscal o legal personalizado. Antes de tomar una decisión de compra o financiación, se recomienda consultar con un profesional (asesor hipotecario, gestoría o notario) que valore tu situación particular.